Ley antitabaco en vigencia - (Ley 26.687)
Estimado alumnos:
Verán en distintas partes del instituto carteles recordándoles que nuestro instituto es un espacio libre de humo.
Debido a que se encuentra vigente la prohibición de fumar dentro del establecimiento educativo les hacemos saber que los fumadores sólo podrán hacerlo en la vereda.
Atentamente
Equipo Directivo
***El siguiente es un extracto que señala la Ley 26.687 acerca del consumo de tabaco, citando lo que atañe al consumo en la institución:
"
Capítulo VI
Protección ambiental contra el humo de productos elaborados con tabaco
ARTICULO 23. — Se prohíbe fumar en:
(...)
c) Centros de enseñanza de cualquier nivel, inclusive instituciones donde se realicen prácticas docentes en cualquiera de sus formas;
(...)
Las personas no fumadoras tendrán el derecho de exigir al propietario, representante legal, gerente, administrador o responsable a cualquier título del respectivo local o establecimiento, conmine al infractor a cesar en su conducta.
ARTICULO 24. — Se exceptúan de la prohibición establecida en el artículo anterior:
a) Los patios, terrazas, balcones y demás áreas al aire libre de los espacios destinados al acceso de público en forma libre o restringida, paga o gratuita, mientras no se trate de establecimientos de atención de la salud o de enseñanza, excluidos los del ámbito universitario;
(...)"